Protocolo de Actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en la AEPD.
Protocolo en el ámbito de la Agencia Española de Protección de Datos, da cumplimiento a la Resolución de 28 de julio de 2011 de la Secretaría de Estado de la Función Pública, por la que se aprueba y publica el Acuerdo de 27 de julio de 2011 de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado sobre el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el ámbito de la Administración General del Estado y de los Organismos Públicos vinculados a ella.
Este Protocolo se adapta al ámbito y dimensiones de la AEDP Agencia Española de Protección de Datos, incluyendo previsiones específicas dirigidas especialmente a erradicar el acoso sexual o por razón de sexo cuando se produzcan a través de tratamientos de datos personales que afecten a la privacidad de e intimidad de las personas afectadas, conforme a la misión y competencias de esta Agencia.

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